La ANSES dio a conocer que los jubilados y pensionados podrán nombrar
a un apoderado para realizar trámites en las oficinas o bien poder
cobrar los haberes mensuales. La persona elegida debe ser mayor de 18
años de edad (si es menor, deberá estar emancipado) y tendrá que
registrarse en el sistema de identificación biométrica Mi Huella.
En ese aspecto, pueden nombrar a una persona para llevar adelante la
tramitación de su jubilación, pensión o reajuste, solicitar turnos y
realizar trámites en carácter de apoderado. Puede tratarse de un
familiar (esposo/a, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos,
bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros,
suegros, hijastros, cuñados), tutores o curadores, abogados y gestores
registrados en la ANSES o representantes diplomáticos o consulares.
En caso de tener que designar un apoderado para el cobro de los
haberes previsionales ya sea un familiar, o bien, un banco en caso de
que el beneficiario resida en el exterior; entidades públicas
nacionales, provinciales o municipales; directores o administradores de
hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o
privados; representantes especiales para individuos imposibilitados en
movilizarse por un tiempo determinado; mutuales e instituciones de
asistencia social o abogados y procuradores, se deberá conceder un poder
certificado ante escribano.
En cualquier caso, se deberán presentar ante la ANSES el titular y su
apoderado (con DNI original y copia) y llevar el Formulario PS.6.4
Carta Poder firmado por ambos y con las firmas certificadas por
autoridad competente, o bien, llevarlo sin firmar para hacerlo delante
del agente de la ANSES quién certificará las firmas.
Además, según el tipo de apoderado, habrá que presentar la
documentación correspondiente, disponible en www.anses.gob.ar,
Categorías, Jubilados y Pensionados, Trámites, Apoderado.
El trámite de nombramiento del apoderado debe hacerse presencialmente
en cualquier delegación de la ANSES, previa solicitud de turno al
teléfono gratuito 130, o bien, desde www.anses.gob.ar, sección Accesos
Rápidos, Turnos, Sacar turno y seleccionar Apoderado. No obstante, si el
representante elegido es familiar directo del titular podrá dirigirse
de manera espontánea a una oficina del organismo sin turno previo.
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