Desde Protección Ciudadana se recuerda que la destrucción de las señales de tránsito está penada por la Ley
La Oficina de Protección Ciudadana informó que puso en marcha un plan para quepaulatinamente se pueda ordenar la señalización en Necochea y Quequén. Las tareas que se están realizando desde el área consisten en la reparación y reposición de carteles en la vía pública.
"Si cuidamos las señales, el personal y medios logísticos que se distrae a diario en su reparación estaría abocado a nuevas tareas de señalización", indicó el titular del área Hugo Rago.
En este sentido, recordó que la destrucción de las señales de tránsito “está penada por la Ley y su sanción está contemplada en el Código Penal Argentino”.
El robo y/o destrucción de señales de tránsito se encuadra, según el Código Penal, en la figura de daño agravado.
"El artículo 184.5 establece que quienes dañen archivos, registros, bibliotecas, museos, puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público, tendrán una pena que va de los tres meses a los cuatro años de prisión.
Sin embargo, los especialistas en derecho penal aseguran que es más probable que un juez entienda que no corresponde esta figura, porque, en la mayoría de los casos, el autor no actuaría con intención de producir daños sino con la idea de apoderarse de los materiales para venderlos por kilogramo y procurarse un beneficio económico, por lo que entraría en la figura del hurto simple (CP, 162) con una pena que va de un mes a dos años de prisión".
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