Sitio 0: “levantan” cautelar que paralizó las obras
El juez en lo Contencioso Administrativo Carlos Alberto Herrera hizo lugar al pedido de la empresa Sitio 0 para que se “levante” una medida cautelar que paralizó las obras de construcción del tercer elevador de granos en Puerto Quequén.
La decisión del juez se basó en que cambiaron las circunstancias que dieron lugar al pedido de cautelar realizado por Surfrider Foundation Argentina, para que el Consorcio de Gestión de Puerto Quequén suspendiera las obras en el denominado Giro 0.
Esta entidad, había pedido una acción de amparo porque “ciertos actos de ejecución del contrato, podían eventualmente traer consecuencias ambientales, atento que al momento de dictar la mencionada medida no se contaba con los estudios requeridos de impacto ambiental ante autoridad competente, conforme a lo dispuesto expresamente por la ley 11723 en su art.23”.
Del texto judicial, se desprende que “con fecha 13 de diciembre de 2013 el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPSD) dictó la Resolución Nº 00286/13 donde en su artículo 1 declara ambientalmente apto al establecimiento perteneciente a la firma Sitio 0 de Quequén SA”.
Con la construcción de un tercer elevador de granos en Puerto Quequén, a cargo de Sitio 0 SA, se proyecta una inversión total de 60 millones de dólares. La Terminal contará con capacidad para 250.000 toneladas, con dos muelles de carga simultánea, y una recepción de 1.800 toneladas por hora.
Solicitud
Ante el cambio de circunstancias, el apoderado de Sitio 0 de Quequén SA solicitó ante el juez el levantamiento de la medida cautelar.
En los considerandos del fallo se señaló que “la empresa Sitio 0 de Quequén SA gestionó mediante expediente administrativo Nº 2145-37573/13 la declaración de impacto ambiental en relación a las obras denominadas Giro 0 relacionadas del contrato de concesión de la obra para el diseño, construcción, financiamiento, mantenimiento y explotación de la Terminal portuaria del Sitio Cero de Puerto Quequén”.
Consecuencias
En el fallo, se señaló que “la medida cautelar dictada en autos tuvo como objeto la suspensión de la obras denominadas Giro 0 considerando que la realización de ciertos actos de ejecución del contrato, podían eventualmente traer consecuencias ambientales, atento que al momento de dictar la mencionada medida no se contaba con los estudios requeridos de impacto ambiental ante autoridad competente, ello así conforme a lo dispuesto expresamente por la ley 11.723 en su art.23”.
Posteriormente, se argumentó que “las medidas cautelares son de carácter provisional por lo que un cambio en las circunstancias que determinaron su otorgamiento faculta a las partes a solicitar su levantamiento”.
La voz de la empresa
El gerente de la empresa Sitio 0, Carlos Segovia fue entrevistado por el periodista Jorge Gómez. El portavoz de la empresa confirmó la novedad judicial a partir de la cumplimentación del trámite del OPDS.
Asimismo, anticipó que un nuevo socio ingresó al grupo inversor: se trata de la empresa multinacional CHS, la cooperativa agrícola más grande del mundo, la que va a otorgarle al emprendimiento un plus en el área operativa.
AUDIO GERENTE EMPRESA
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