Prorrogan Resolución de Secretaría de Comercio
La oficina del OMIC Necochea a cargo de la Dra Natalia Eva Picciana informa que se ha prorrogado lo establecido por la Resolución Nº 141/11, relacionada con las pautas para las operaciones de comercialización de televisión paga.
A continuación la normativa que establece que Cablevisión S.A debe cobrar solo $ 116 en concepto de abono.
VISTO el Expediente Nº 0513465/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 2085 del 12 de diciembre de 2011 y las Resoluciones Nros. 50 del 3 de marzo de 2010 y 141 del 28 de octubre de 2011, dictadas por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 141 del 28 de octubre de 2011 de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en el marco de su competencia y en función de los parámetros de razonabilidad enunciados en la misma, esta Secretaría prorrogó durante los meses de noviembre y diciembre de 2011 el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa CABLEVISION S.A., en la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS ($ 116.-), que los usuarios debían abonar durante los meses citados.
Que el precio fijado mediante la resolución citada precedentemente debía mantener la vigencia e inmutabilidad sin variaciones durante el plazo indicado.
Que, en relación con otros servicios de señales y productos prestados por la empresa, se establecía que tampoco sufrirían variaciones en sus precios, y debía mantener la composición y la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico mensual, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificados ante esta Secretaría.
Que, asimismo, en relación con las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, debían ser mantenidas las condiciones en que se encontraban a la fecha de publicación de la misma, cualquiera sea su denominación que beneficiara a los usuarios.
Que, en cuanto a los contratos que se celebren en el futuro, también se establecía que deberían ajustarse a las modalidades pautadas en la medida aludida.
Que el ESTADO NACIONAL tiene a su cargo la implementación de políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de los consumidores y usuarios de bienes y servicios públicos, cuya tutela y protección tiene raigambre constitucional.
Que, en virtud de lo expresado precedentemente, la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR procedió a adoptar las medidas conducentes a implementar las políticas citadas, otorgando marcos normativos integrales que aseguren los derechos del consumidor.
Que en consonancia con lo manifestado, deviene necesario proceder en consecuencia y a los fines de propender a la protección del bienestar general como bien superior, esta Secretaría estima necesario prorrogar los términos de la Resolución Nº 141/2011 durante los meses de enero, febrero y marzo de 2012.
Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en las Resoluciones Nros. 50/2010 y 141/2011, a las facultades que le confiere la Ley Nº 20.680, en especial su Artículo 2º c) y sus modificatorias a la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y a lo establecido en el Decreto Nº 2085 del 12 de diciembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COMERCIO INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase durante los meses de enero, febrero y marzo de 2012 la Resolución Nº 141 del 28 de octubre de 2011, de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 2º — La presente medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2012.
Art. 3º — Notifíquese la presente resolución a la empresa CABLEVISION S.A.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno.
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