Seguros: Responsabilidad de los Empleadores
a) Seguro Artículo 97 del C.C.T. 130/75: cubre los riesgos de incapacidad total y permanente y muerte. El monto actual es de $47.496.-
b) Seguro Decreto 1567/74: cubre la muerte del trabajador. El monto actual es de $12.000.-
c) Indemnización por muerte del trabajador: 50% de la indemnización por antigüedad.
d) Indemnizaciones por incapacidad: sugerimos lo propio para las correspondientes al Artículo 212 de la L.C.T.
Asimismo, también se recuerda:
* Quien contrata los seguros es el empleador; si no lo hizo, deberá abonarlos con sus recursos.
* Esta imprevisión acarrea no pocos conflictos laborales que luego derivan en la Justicia.
* Estos beneficios no son incompatibles entre si ni con las prestaciones dinerarias o de otra índole que fije la Ley de Riesgos del Trabajo en caso de enfermedad laboral o accidente de trabajo.
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SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE NECOCHEA
FILIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
PERSONERIA GREMIAL Nº 335
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TEL.: 02262-52-5332
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