EL CLIMA

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4/11/2013

PROYECTOS PRESENTADOS EN LA SESION DEL HCD POR UNION PERONISTA


ESTOS SON LOS PROYECTOS PRESENTADOS POR NUESTRO BLOQUE, CORRESPONDIENTES A LA SESION DEL DIA DE LA FECHA.

VISTO:

El reclamo de vecinos y comerciantes por el exceso de velocidad vehicular de la calle 46, entre calles 51 y 57; y


CONSIDERANDO:

Que son muchos los peatones y vehículos que transitan por el mencionado sector con el riesgo que acarrea para los mismos;

Que dicha arteria es muy peligrosa por el exceso de velocidad con que circulan el parque automotor, ya sea motos, automóviles y micros de línea que vienen desde la avenida Jesuita Cardiel;

Que en una de las esquinas se encuentra la Entidad de Bien Público Centro de Ciegos “Luz y Unión” y se les dificulta cruzar la calle por lo anteriormente mencionado;
Que la mencionada intersección ha sido epicentro de varios accidentes;
Que es casi una arteria de circulación obligatoria que da distribución vehicular para los distintos sectores de la ciudad;


POR TODO ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente proyecto de:-


RESOLUCIÓN


ARTICULO 1º:- El H. Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo estudie la posibilidad de instalar reductores de velocidad de acuerdo a la normativa vigente, Ley 11.430 Articulo 91, sobre la calle 46 entre las calles 51 y 57 de Necochea.-

ARTICULO 2º: De forma.-


VISTO:-
La cíclica problemática que se suscita todos los años por la falta de provisión de agua potable en distintos sectores de nuestro Distrito -fundamentalmente durante el período estival- como así también la necesidad de garantizar la calidad de la provisión de la misma, realizando permanentes controles; y

CONSIDERANDO:-

Que es notable la escasez y/o falta de presión de agua potable en distintos sectores de nuestra ciudad;

Que a esto se suma la pérdida de agua por roturas de cañerías en distintas arterias de nuestra ciudad, generando perjuicios e inconvenientes tanto a los vecinos, como para el erario municipal, ya que se producen en algunos casos la rotura del asfalto;

Que el problema resulta ser de suma preocupación en todos nuestros vecinos por los inconvenientes que la falta de agua provoca;

Que en temporadas anteriores hemos sufrido la falta de agua en la zona de la Villa Balnearia perjudicando sensiblemente al turismo y a la imagen de nuestra ciudad, falta que también ha afectado a distintos barrios de nuestro medio;

Que esta situación afecta negativamente nuestra imagen como ciudad turística y trae graves perjuicios económicos a los sectores involucrados en esta importante actividad de nuestro medio, por su potencialidad en la generación de empleo;

Que muchos turistas han expresado sus quejas, tanto a propietarios particulares, como a inmobiliarias y hoteleros, expidiéndose en igual sentido la comunidad residente;

Que es necesario entonces tomar todos los recaudos y las prevenciones que resulten posibles para asegurar el buen funcionamiento de los pozos existentes;

Que asimismo existe preocupación de los vecinos del Distrito respecto a la calidad del agua corriente;

Que no se tiene conocimiento oficial de análisis recientes, que indiquen la calidad del agua potable;

Que es un derecho de la población y un deber del Municipio, que se realicen los controles pertinentes para garantizar la salud de la población;

Que todo ésto significa un gravísimo perjuicio para los vecinos afectados, ya que la provisión de este servicio tan vital, se torna insuficiente, y en determinadas horas del día, inexistente;
Que a su vez existe la necesidad de una reparación de las cañerías troncales e incluso su cambio en algunos sectores de la ciudad;

Que constituye una función esencial e irrenunciable del Estado Municipal, garantizar el correcto funcionamiento de los servicios fundamentales, en este sentido, resulta inconcebible la existencia de falencias estructurales como causal de la falta de agua corriente de red;

Que el Acueducto Mayor de la ciudad tiene más de 80 años de vida, data de 1932 y debería ser Inspeccionado en su interior a la brevedad con los elementos que brinda la tecnología actual, por ejemplo el sistema opto-electrónico y electroacústico de análisis y diagnóstico de fugas, a fin de ubicar posibles fisuras y cuantificar su real estado;

Que es necesario realizar tareas conducentes a buscar soluciones de fondo, que permitan una correcta administración del Estado Municipal de este servicio público esencial de Obras Sanitarias;

Que en el año 84 ya se había planteado la posibilidad del cobro y servicio medido de agua corriente, y que la misma se haga sobre la base imponible determinada por consumo de agua y no según valuación fiscal del inmueble, comprendido dentro del radio en que se extiende la red de servicios sanitarios;

Que por otro lado, análisis realizados por sectores privados, habrían arrojado como resultado agua de mala calidad;

Que resulta altamente conveniente para la salud de la población efectuar controles de calidad de agua de consumo, no sólo en la salida de las bombas de extracción, sino también en la red de servicio;

Que con fecha 26 de abril del año 2012 este Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 7496/12 y 7497/12 homologando en todos sus términos los Decretos Municipales N° 659/12 y N° 660/12, mediante los cuales se convalidaban ambos Convenios firmados entre la Municipalidad de Necochea y el Ente Nacional De Obras Hídricas De Saneamiento (ENOHSA) dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para la obra Refuncionalización de Pozos de Agua Potable en el Sector 1 Necochea y Sector 2 Quequén, Partido de Necochea, respectivamente; teniendo como objetivo el financiamiento de obras y de adquisición de materiales tendientes a prevenir y/o reducir el riesgo de enfermedades de origen hídrico- sanitaria de la población;

Que con fecha 14 de junio del año 2012 este Honorable Cuerpo sancionó la Ordenanza Nº 7522/12, mediante la cual se homologó un convenio suscripto entre el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R) y la Municipalidad de Necochea, para la elaboración de proyectos de abastecimiento de agua potable que incluiría pozos de exploración y explotación, acueducto, instalaciones electromecánicas, micro medición red, conexiones domiciliarias y obra civil en Quequén, Partido de Necochea;



Que desde el Bloque de Concejales de Unión Peronista, estamos trabajando para presentar un proyecto de Ordenanza que apunte a brindar una solución integral a la problemática actual, de modo de constituirse en una herramienta idónea para lograr la meta de la Transformación y Modernización del funcionamiento Municipal, atendiendo al mejoramiento de los servicios sanitarios brindados, donde en una primera etapa se buscará generar un fondo a través de una tasa provisoria, con el objetivo de llevar adelante la reparación y mantenimiento de los bienes afectados a los servicios de Agua corriente;



POR TODO ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente proyecto de:-

MINUTA DE COMUNICACIÓN


ARTÍCULO 1º:- Informe el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, si se realizaron, análisis bacteriológicos a la salida de las bombas de agua corriente y en la red de agua troncal, en el período comprendido entre el 07 de diciembre del año 2011 hasta la fecha, a fin de determinar la calidad del agua para consumo en el Partido de Necochea, y en ese caso, cuáles fueron los resultados obtenidos. Acompañe copia de los protocolos correspondientes.-

ARTICULO 2º:-_Informe el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, cual es el estado actual de las bombas impulsoras de agua; los pozos y las cañerías de agua de todo el Distrito, remitiendo un detalle pormenorizado de la ubicación de los mismos y cuales están en funcionamiento.

ARTICULO 3º:- Acompáñese copia de los análisis efectuados, en relación a la calidad de agua en los espacios en los que se brindan los distintos servicios de prestación de salud en el Distrito de Necochea, Hospitales (área por área), Salas del Interior del Distrito y Centros de Atención Primaria de la Salud, realizados en el año 2012.-

ARTICULO 4º:- Informe el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, los motivos por los cuales no se han reparado las roturas de cañerías en distintas arterias de nuestra ciudad. Cual es el plan de reparación detallando los lugares y cual es el stock de materiales para llevar adelante las reparaciones necesarias.-

ARTICULO 5º:- Informe el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, el estado de ejecución de los convenios firmados entre la Municipalidad de Necochea y el Ente Nacional De Obras Hídricas De Saneamiento (ENOHSA) dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y con el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R) para la elaboración de proyectos de abastecimiento de agua potable, que incluiría pozos de exploración y explotación, acueducto, instalaciones electromecánicas, micro medición red, conexiones domiciliarias y obra civil, descriptos en la presente minuta de comunicación.-
ARTICULO 5º:- Comuníquese al Departamento ejecutivo y demás



VISTA:
La desactualizada y deficiente información obrante en las bases de datos de padrones municipales, donde consta la supuesta titularidad de los inmuebles de los contribuyentes de las Tasas Urbanas;

CONSIDERANDO:

Que este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad la resolución Nro. 2337/11 en septiembre de 2010, donde por la cual se instaba al Departamento Ejecutivo, a instrumentar –entre otras acciones- un Reempadronamiento General a partir de enero de 2011 para el Distrito de Necochea;
Que este Departamento Deliberativo Municipal sancionó a fines de diciembre de 2010 la ordenanza 7114/10 disponiendo un Reempadronamiento Obligatorio de Tasas Urbanas a partir de enero de 2011;
Que el mismo cuerpo aprobó la resolución Nro. 2337/11 instando a la publicitación, por parte del DE, de los alcances de las sanciones potenciales que acarrearía el incumplimiento de la obligación descripta en el régimen a fin de compeler al acatamiento del reemparonamiento dispuesto,
Que un informe publicado en el matutino local “Ecos Diarios” el día 29 de junio de 2011 hace saber que 3980 contribuyentes realizaron el tramite el cual podía hacerse de por internet o en formal personal;
Que se debe señalar que la recaudación municipal actual promedio ronda un porcentaje de alrededor del 50% (cincuenta por ciento) del universo emitido por ese concepto.-
Que es menester arbitrar los medios en pos de determinar si la evasión fiscal que está determinada por el saldo de la mitad restante obedece a una cuestión de imposibilidad de tributar o de meramente sortearla con fines evasivos.-
Que es necesario que el estado eche manos a todas las herramientas que la tecnología actual le propone a fin de optimizar los índices de tributación actual y no generar una situación de inequidad a los demás vecinos.-
Que son llamativos los bajos índices de recaudación que arrojan las estadísticas oficiales para los inmuebles sin edificación o ‘terrenos baldíos’ –muchos de ellos de altísima valuación en el mercado inmobiliario real-.-
Que es necesario actualizar debidamente la información dominial obrante en las bases de datos municipales, a fin de que el estado pueda disponer de datos fidedignos y reales de las titularidades de los inmuebles registrados en el catastro municipal en pos de lograr un sinceramiento integral de la situación irregular que se produce por la falta de ésta y poder determinar –entre otras cosas- si la evasión existente obedece a los patrones mencionados supra.-
Que es necesario dotar a este operativo de ‘sinceramiento’ de la información obrante, de una herramienta coercitiva que compela al contribuyente a informar cada transferencia de la titularidad que se produzca en los hechos.-
Que el contribuyente que cumple en tiempo y forma con el pago de sus tasas municipales y demás obligaciones, sostiene con su aporte el funcionamiento del cuarenta por ciento (40%) del estado municipal, y que es ese mismo vecino o turista el que informa celosamente las modificaciones que se puedan dar en los datos obrantes en los registros municipales.-
Que el contribuyente que incumple con sus obligaciones tributarias no solo deja de aportar para el funcionamiento y sostenimiento de la Municipalidad en el momento debido, sino que le genera erogaciones estériles al Municipio, al emitir y diligenciar los comprobantes de las tasas y gastos extras a la hora de perseguir el cumplimiento de las obligaciones desobedecidas.-
Que es necesario contar en el marco de las previsiones del gobierno electrónico –además de las situaciones descriptas supra- en la mayor medida que se pueda, con las direcciones electrónicas de los contribuyentes, a fin de que el estado pueda contactarlos e informarlos sobre sus actos de gobierno –exigencia manifiesta del estado republicano- de una manera ágil, absolutamente económica y cómoda.-
Que la ordenanza 7.114/10 de Reempadronamiento Obligatorio contempla en su artículo 7mo. que: “vencido el plazo establecido en el art. 6, los contribuyentes que no hubiesen cumplido con la obligación descripta anteriormente, sufrirán las sanciones, multas y/o recargos que se determinan por la vía correspondiente”;


POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente Proyecto de:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: DEL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO DE TASAS URBANAS Y DEL PLAZO: Dispóngase un Nuevo Reempadronamiento General Obligatorio para todos los contribuyentes que tributen Tasas por Servicios Urbanas (Titulo I de la Ordenanza Fiscal e Impositiva) en el Partido de Necochea; el cual regirá a partir del día 1ro. de Julio de 2013 hasta el día 30 de noviembre del mismo año, a fin de poder lograr una debida actualización de los datos dominiales de los inmuebles en la Municipalidad de Necochea.-

ARTÍCULO 2°: DE LA ACTUALIZACION: El contribuyente deberá actualizar los datos relativos a la titularidad del inmueble registrado en la base de partidas municipales; ante la Dirección General de Ingresos Públicos dependiente de la Secretaria de Política Económica y Finanzas Publicas.-

ARTÍCULO 3°: DE LOS DATOS: El contribuyente deberá proveer de manera obligatoria los siguientes datos: constancia de CUIT o CUIL o CDI que corresponda al titular dominial o los condóminos –si correspondiese-; domicilio optativo para recibir las tasas y teléfono de contacto; siendo de carácter optativo, una dirección de contacto de correo electrónico.-

ARTÍCULO 4°: DE LA NUEVA TITULARIDAD: En el caso que el contribuyente deba probar una nueva titularidad del inmueble, deberá acreditar la misma de manera indefectible, con copia simple de la escritura del inmueble y/o boleto de compra venta certificado.-

ARTÍCULO 5°: DE LOS ESCRIBANOS PUBLICOS: Los escribanos públicos deberán informar indefectiblemente los datos de carácter obligatorios prescriptos en los artículos precedentes, al momento de la tramitación de los certificados de deuda.-

ARTÍCULO 6°: DE LA PRORROGA: Se faculta al Departamento Ejecutivo, por única vez, a prorrogar el Reempadronamiento Obligatorio que se establece a través de la presente norma por el termino de treinta (30) días.-

ARTICULO 7º: DE LA SOBRETASA DE INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE: Modifíquese la Ordenanza 7060/10 –Fiscal e Impositiva-, modificada por la 7244/11, la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“TITULO XXIX.
SOBRETASA DE INFORMACIÓN DEL CONTRIBUYENTE:
Capítulo I. Art. 389: Es obligatorio por parte del contribuyente cada (3) tres años y en la modalidad que se disponga oportunamente, informar a la Dirección de Ingresos Públicos por los canales habilitados de reempadronamiento obligatorio, los datos actualizados relativos a la titularidad de los inmuebles comprendidos en el Capítulo I. El contribuyente deberá a tal efecto, suministrar de manera obligatoria los siguientes datos: constancia de CUIT o CUIL o CDI que corresponda al titular dominial o los condóminos –si correspondiese-; domicilio


VISTA:
La adquisición por parte de la Municipalidad de Necochea, de un MINIBUS HYUNDAI H1 PATENTE JOH 585, siendo destinado al ENTE NECOCHEA DE TURISMO; y


CONSIDERANDO:
Que dicha adquisición se realizó en Diciembre del año 2010, y comenzó a prestar servicios en Abril del año 2011;

Que dicho rodado fue comprado por el ENTUR con dinero proveniente de la Promoción Turística, debiéndose destacar que resultó de una decisión en conjunto de todos los operadores turísticos que integran el Consejo Consultivo y el Consejo Directivo;

Que a su vez fue patrimoniado por la Municipalidad de Necochea, siendo afectado al ENTUR, quien le colocó el ploteado correspondiente;

Que fue de vital importancia esta adquisición para el normal desarrollo de las distintas actividades de promoción turística;

Que en los comienzos de la gestión correspondiente a Horacio Javier Tellechea, este MINIBUS fue desploteado y, como es de público conocimiento, utilizado para funciones diferentes a la original;




POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente Proyecto de:



MINUTA DE COMUNICACIÓN


ARTICULO 1º: Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, si el MINIBUS HYUNDAI H1 PATENTE JOH 585 se encuentra actualmente afectado al ENTUR.

ARTICULO 2º: Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, la ubicación y el estado en el que se encuentra el MINIBUS HYUNDAI H1 PATENTE JOH 585.

ARTICULO 3º: Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, las causas por las cuales se le dio un destino diferente a dicho MINIBUS.

ARTICULO 4º: De forma.


VISTO:

El estado en que se encuentran las arterias de 521 a 527 y de 558 a 570; y

CONSIDERANDO:

Que los factores climáticos han profundizado el estado de deterioro de algunas de las calles mencionadas;
Que el mantenimiento y mejorado de las mismas son materia estrictamente municipal;


POR TODO ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente proyecto de:-


MINUTA DE COMUNICACION


ARTÍCULO 1º: Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, si existe algún plan de bacheo de las calles anteriormente mencionadas, y de ser así, indique las fechas aproximadas del mismo.-

ARTICULO 2º: Informe el Departamento Ejecutivo en qué consisten las tareas de mantenimiento y reparación de dichas calles.-

ARTICULO 3º: De forma.-

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