Se logró el acuerdo salarial con la comuna de NecocheaEn el marco de la Conciliación Obligatoria, y luego de varias reuniones en la asede del Ministerio de Trabajo de Necochea se acordó con la Municipalidad local los siguientes puntos:
1º) Los diez módulos se cobraran a partir de noviembre y no en diciembre, transformándose en 2 categorías a partir de enero del 2018.
2º) Se pasaran a planta permanente todos los trabajadores interinos.
3º) Se pasaran a interinos a todos los destajistas, que ingresaron al 31 de diciembre del 2015.
4º) Se firmara un compromiso para que la Discusión salarial del año 2018 comience la segunda semana de enero de ese año.
5º) Las partes acuerdan que a partir de mayo comenzara a funcionar La Junta de Promociones, Ascensos y Disciplina.
6º) Se aclara, no se descontara los días de retención de tareas ni se cambiaran las condiciones de trabajo.
7º) Los montos ofrecidos por presentismo y puntualidad respetando el ofrecimiento del Ejecutivo y si fuera necesario de manera retroactiva.
8º) El 18% será otorgado de la siguiente manera el 10% en julio y el 8% en setiembre y se actualizarán en la primera semana de octubre de acuerdo a la inflación de los 12 meses del año calendario (Cláusula Gatillo) .
El porcentaje que se acordó para comparar con la inflación interanual será entre el 22 % y 24 % (es decir que todo lo que la inflación supere este porcentaje será aplicado a nuestro sueldo básico.
El acta fue firmada por el S.T.M.N. y la comuna local ante las Autoridades del Ministerio de Trabajo delegación Necochea
2º) Se pasaran a planta permanente todos los trabajadores interinos.
3º) Se pasaran a interinos a todos los destajistas, que ingresaron al 31 de diciembre del 2015.
4º) Se firmara un compromiso para que la Discusión salarial del año 2018 comience la segunda semana de enero de ese año.
5º) Las partes acuerdan que a partir de mayo comenzara a funcionar La Junta de Promociones, Ascensos y Disciplina.
6º) Se aclara, no se descontara los días de retención de tareas ni se cambiaran las condiciones de trabajo.
7º) Los montos ofrecidos por presentismo y puntualidad respetando el ofrecimiento del Ejecutivo y si fuera necesario de manera retroactiva.
8º) El 18% será otorgado de la siguiente manera el 10% en julio y el 8% en setiembre y se actualizarán en la primera semana de octubre de acuerdo a la inflación de los 12 meses del año calendario (Cláusula Gatillo) .
El porcentaje que se acordó para comparar con la inflación interanual será entre el 22 % y 24 % (es decir que todo lo que la inflación supere este porcentaje será aplicado a nuestro sueldo básico.
El acta fue firmada por el S.T.M.N. y la comuna local ante las Autoridades del Ministerio de Trabajo delegación Necochea
No hay comentarios:
Publicar un comentario