El director de Ingresos Públicos, Juan Francisco Bidegain, informó este miércoles 04/12 que continúa vigente hasta el 31 la moratoria para los contribuyentes que posean deudas por tasas municipales. En este sentido, señaló que hasta ahora se celebraron 153 convenios de pago contado, 117 planes de seis cuotas, y 106 en doce cuotas.
Bidegain recordó que al suscribir un convenio de pago, el contribuyente se beneficia con una quita de 75 por ciento de los intereses en el pago de contado, 55% hasta seis cuotas y 25 % en 12 cuotas.
En cuanto a las expectativas, el funcionario señaló que "es un aliciente en determinadas situaciones" y en este caso "las arcas municipales lo urgen".
Recordó que el Concejo Deliberante al aprobar la ordenanza correspondiente, "acompañó al Ejecutivo en la puesta en marcha de esta herramienta".
Detalles:
Según lo establece la ordenanza de Recuperación de Deudas y Régimen de facilidades de pago, podrán regularizar su situación los contribuyentes que no hubiesen cumplido oportunamente con las obligaciones devengadas al 30 de junio de 2013.
Los interesados deberán acercarse a la oficina de Ingresos Públicos ubicada en calles 63 y 54, o a las Delegaciones municipales.
Quedan comprendidos en el presente régimen los siguientes conceptos:
Tasa por Servicios Urbanos.
Tasa Solidaria Inversión Sistema Cloacal (Ord.3127/94)
Tasa por Alumbrado Público.
Tasa por Servicios Sanitarios.
Tasa de Fortalecimiento, Promoción y Prevención de la Salud.
Tasa por Servicios Rurales.
Adicional por Cuenca Hídrica.
Contribuciones de Mejoras.
Patente de Rodados.
Patente de Rodados Menores.
Derechos de Cementerio.
Derechos por Uso y Ocupación de Espacios Públicos.
Derechos de Publicidad y Propaganda.
Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (*).
Adicional para Promoción de Turismo (*).
(*) Incluye 3º (tercer bimestre) año 2013.
El presente régimen alcanzará a los contribuyentes cuyas deudas se encuentran en gestión judicial, excluyéndose:
a) Las deudas que hubiesen sido insinuadas en concursos preventivos o quiebra.
b) Las deudas en estado judicial en etapa de ejecución de sentencia.
c) Las deudas que hubiesen sido incluidas en regímenes anteriores de recuperación de deuda, con plan vigente.
Modalidades de pago:
El pago de las obligaciones regularizadas se podrá realizar:
En un único pago, al contado.
Plan de Facilidades hasta seis cuotas.
Plan de Facilidades hasta doce cuotas.
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