EL CLIMA

,,

1/19/2015

Llegaron los certificados de Emergencia y/o Desastre Agropecuario



La Subsecretaría de Innovación, Producción y Desarrollo Local convoca a los productores solicitantes a presentarse para retirar la documentación

La Subsecretaría de Innovación, Producción y Desarrollo Local, a cargo de Juan Larrea, convoca a los productores del distrito que hayan iniciado los trámites de emergencia o desastre agropecuario a presentarse en esta oficina, en calle 56 al 2969, de lunes a viernes en el horario de 8:15 a 12:45, a fin de retirar el certificado correspondiente o realizar, en sus declaraciones juradas, las modificaciones solicitadas por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires.
La documentación avalada por el Ing. Agr. Héctor París, director de Economía, Estadística y Mercados Agropecuarios de mencionada cartera, ingresó al área municipal a mitad de la semana pasada, por lo que se requiere la rápida intervención de los solicitantes para dar curso a las planillas no aceptadas en la normativa.
Se recuerda que estos trámites fueron iniciados en el mes de agosto, tras las intensas lluvias que azotaron el distrito generando inundaciones y anegaciones en campos y zonas pobladas, para brindar apoyo a los productores afectados; y que, según la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario(CEDABA), se consideró en “Emergencia Agropecuaria” a un productor cuando su producción o capacidad de producción se encontró afectada en un porcentaje de entre el 50 y el 79 %; en tanto, si se encontró afectado entre un 80 y un 100 %, fue considerado en “Desastre Agropecuario”.
Cabe destacar que a los beneficiarios de esta salvaguarda, y mediante lo establecido por la Ley N°10.390, en el orden crediticio y de acuerdo a situaciones particulares de cada productor, el Banco Provincia puede otorgarles créditos especiales y suspender juicios y operaciones de descuento sobre intereses mínimos.
En tanto que, en materia impositiva, pueden prorrogarse el plazo y el pago de impuestos cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia agropecuaria. La exención será total o parcial en el caso de declaración de desastre agropecuario. Estas exenciones serán acordadas por el Poder Ejecutivo, quien determinará los sujetos, alcances, beneficios y demás condiciones.

No hay comentarios: